Formulario EX-18: el certificado de registro de ciudadano de la UE, paso a paso
Guía del formulario EX-18: la inscripción de ciudadanos de la UE en el Registro Central de Extranjeros, el certificado verde, documentación según situación y errores.
No todos los expedientes de un despacho de extranjería son de extracomunitarios. Los ciudadanos de la Unión Europea que se instalan en España también tienen su trámite — más ligero, pero obligatorio y con sus propias particularidades: la inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Su formulario es el EX-18 y su resultado es el famoso "certificado verde", ese documento que muchos clientes comunitarios ni saben que necesitan hasta que un banco, una empresa o una administración se lo pide.
Qué es el formulario EX-18
El EX-18 es el modelo oficial de solicitud de inscripción en el Registro Central de Extranjeros para ciudadanos de la Unión Europea (y del EEE y Suiza) que van a residir en España más de tres meses. El documento que se obtiene es el certificado de registro de ciudadano de la Unión: el papel (tradicionalmente verde, en formato tarjeta o A4 según la época y la provincia) que acredita la residencia legal del comunitario e incluye su NIE.
No es un permiso — los ciudadanos de la Unión no necesitan autorización para residir — sino la constancia registral de un derecho que ya tienen. Pero esa constancia es la que les abre la vida práctica en España: contratos, empadronamientos consolidados, Seguridad Social, matrículas.
Cuándo se usa el EX-18 (y cuándo no)
Corresponde el EX-18 cuando:
- Un ciudadano de la UE/EEE/Suiza va a residir en España más de tres meses: trabajadores, autónomos, estudiantes, pensionistas o personas con medios propios.
- Se solicita la residencia permanente como ciudadano de la Unión, tras cinco años de residencia legal.
No corresponde cuando:
- El interesado es un familiar extracomunitario de un ciudadano de la Unión: su documento es la tarjeta de familiar, con el EX-19.
- El interesado es extracomunitario en régimen general: sus modelos son los del resto de la familia EX (EX-01, EX-03, EX-10…).
- Solo se necesita un NIE puntual sin residencia (una compraventa, una herencia): ese es otro trámite, con otro formulario.
La confusión más repetida es la del matrimonio mixto: el cónyuge italiano presenta un EX-18 y el cónyuge colombiano… un EX-18 también. No: el extracomunitario va por el EX-19. Cada miembro de la pareja tiene su régimen y su modelo — lo explicamos en la guía de la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.
Quién lo presenta y dónde
El propio ciudadano de la Unión, dentro de los tres meses siguientes a su entrada en España, ante la Oficina de Extranjería o la comisaría de policía habilitada de su provincia — con cita previa y comparecencia personal. El despacho prepara el expediente y la cita; el cliente comparece con la carpeta lista.
Cómo rellenar el EX-18 sección por sección
1. Datos del ciudadano de la Unión
Documento de identidad o pasaporte de su país, nombre y apellidos exactos, nacimiento, nacionalidad, estado civil y domicilio en España.
2. Situación que motiva la inscripción
La casilla que define el expediente: trabajador por cuenta ajena, por cuenta propia, estudiante o persona con medios propios. De lo que se marque aquí depende la documentación que habrá que acreditar.
3. Datos del representante
Si interviene el despacho, con su representación.
4. Domicilio a efectos de notificaciones
Para incidencias de la inscripción.
5. Fecha y firma
Del solicitante.
Documentación según la situación
El expediente varía con la casilla marcada: el trabajador por cuenta ajena aporta contrato o alta laboral; el autónomo, su alta en actividad; el estudiante, matrícula, seguro y declaración de medios; y quien no ejerce actividad, la acreditación de medios económicos suficientes y seguro de enfermedad completo. En todos los casos, documento de identidad en vigor. Es un trámite ágil — a menudo se resuelve en la propia comparecencia — pero solo si la documentación de la casilla elegida está completa.
Errores frecuentes en el EX-18
- Marcar una situación (trabajador, medios propios…) y aportar la documentación de otra.
- Presentar el EX-18 para un familiar extracomunitario que corresponde al EX-19.
- Seguros de enfermedad con coberturas insuficientes en los supuestos de medios propios.
- Dejar pasar los tres meses desde la entrada sin inscribirse — sin drama jurídico inmediato, pero con efectos prácticos en cadena.
- Confundir el certificado de registro con la TIE: el comunitario no tiene TIE.
- Perder el certificado y no saber que puede pedirse duplicado — es un documento que los clientes extravían con facilidad.
Clientes comunitarios, expedientes exprés: GestoLab
Para el despacho, los EX-18 son volumen ágil: expedientes cortos que se resuelven bien si la carpeta va perfecta. Con GestoLab, la ficha del cliente genera el EX-18 automáticamente, el checklist confirma la documentación de la situación concreta (trabajador, estudiante, medios propios) y el expediente queda archivado con su documento emitido — útil años después, cuando ese mismo cliente vuelva para la residencia permanente o traiga a su cónyuge extracomunitario con el EX-19. El cliente comunitario entra y sale del trámite en días; el despacho, sin teclear dos veces el mismo pasaporte.
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